He firmado un seguro y me quiero echar atrás, ¿qué puedo hacer?
Existen 3 alternativas :
1. He contratado un seguro de vida. En este caso el artículo 83 a) de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro da un plazo de 30 días para desistir desde la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.
Excepción: contratos de seguro en los que el tomador asume el riesgo de la inversión, así como en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas.
2. Contratos celebrados a distancia. El artículo 104 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, da un plazo de desistimiento de 14 días naturales.
3. Resto de casos. No hay derecho de desistimiento.