jueves, 31 de diciembre de 2020

El depósito irregular y el depósito bancario

Desde los albores de la historia ha existido el depósito irregular. Se define como el depósito de cosas fungibles de tal modo que la intención del deponente sea que el depositario le entregue otro tanto del mismo género y calidad –tantundem-.

De esta forma, el deponente transmite la propiedad al depositario de la cosa funglible.

No obstante, el Código Civil español en su artículo 1768 señala que “Cuando el depositario tiene permiso para servirse o usar de la cosa depositada, el contrato pierde el concepto de depósito y se convierte en préstamo o comodato.”

En los mismos términos, el Código de Comercio en su artículo 309 dice que “Siempre que, con asentimiento del depositante, dispusiere el depositario de las cosas que fueren objeto de depósito, ya para sí o sus negocios, ya para operaciones que aquél le encomendare, cesarán los derechos y obligaciones propios del depositante y depositario, y se observarán las reglas y disposiciones aplicables al préstamo mercantil, a la comisión o al contrato que en sustitución del depósito hubieren celebrado.”

En el caso de contrato de cuenta corriente pactado con una entidad financiera, que frecuentemente se denomina como depósito a la vista, según las reglas anteriores estaríamos ante un contrato de mutuo o préstamo dado que el banco tiene libertad para invertir –usar- el dinero dado –art. 310 del Código de Comercio-. Solo existe un coeficiente de caja del 1% actualmente.

Por tanto, por muy solvente que sea una entidad, es imposible que pueda pagar a todos sus depositantes si estos solicitan a la vez el importe de su crédito. Salvo que sea ayudada por el Banco Central que puede crear dinero de la nada.

No obstante, como señala el profesor Huerta de Soto, esto presenta las siguientes dificultades:

-          Si el depositante no conoce que el banco invierte su dinero, sería víctima de un delito de apropiación indebida. El artículo 253 del Código Penal enuncia: “serán castigados aquellos que se apropien de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que recibieron en depósito, comisión o custodia o por otro título y tengan la obligación de devolverlos o si niegan el haberlos recibido.”

-          Si no hay engaño pero la causa del contrato es distinta para ahorrador–custodia del dinero- y banco –inversión- se aplicaría el 1266 del Código Civil y el contrato sería nulo. “Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.”

-          Si se acepta la discordancia entre las causas, es imposible que el banco pueda cumplir con su obligación de devolver el tantundem cuando desee el acreedor por lo que es nulo el contrato. “No podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles” dice el artículo 1272 del Código Civil.

-          Si se tiene en cuenta que el Banco Central le daría dinero a los prestamistas en caso de iliquidez del banco, se produciría un daño a terceros puesto que la moneda perdería valor adquisitivo –inflación-. Así, el artículo  1275 del Código Civil señala “los contratos sin causa, o con causa ilícita, no producen efecto alguno.”

El depósito en el Derecho Romano

 

Es el contrato por el cual el deponente entrega una cosa mueble al depositario que debe custodiarla gratuitamente y entregarla cuando se le pida.

Características:

-          Debe ser gratuito.

-          Para su perfección se requiere la entrega.

Obligaciones del depositario

-          Custodiar la cosa.

-          Restituir la cosa en especie con sus accesorios cuando lo pida el depositante

-          Responde de dolo y culpa grave si la restitución es imposible. Excepción: responde por culpa leve si hubiera usado la cosa en su provecho y por caso fortuito si la hubiera utilizado arbitrariamente.

Por su parte, el deponente estará obligado a indemnizar al depositario de los gastos necesarios y los que hubiese consentido además de cualquier daño producido como consecuencia del depósito.

miércoles, 30 de diciembre de 2020

El mutuo o préstamo en el Derecho Romano

Es el contrato por el cual el mutuante entrega una cosa fungible al mutuario que debe restituir otro tanto del mismo género y de la misma calidad.

Características:

-          La cosa debe ser fungible.

-          Para su perfección se requiere la entrega.

-          Transmite la propiedad.

-          El mutuante ha de ser propietario. Si no lo fuera, el mutuo se convalida para el mutuario de buena fe que adquirirá el dominio.

-          El mutuante, salvo pacto, puede exigir la devolución cuando quiera.

-          Salvo pacto, no pueden exigirse intereses.

-          Si el mutuo consiste en dinero, se devuelve lo que se entregó con independencia de la inflación excepto si se hubieran entregado monedas de oro o plata. En este caso, se deberán entregar monedas con igual cantidad de esos metales.

El comodato en el Derecho Romano

Es el contrato por el cual el comodante entrega una cosa al comodatario para su uso con obligación de restituirla.

Características:

-          Es gratuito.

-          Para su perfección se requiere la entrega.

-          No transmite ni la propiedad ni la posesión. Solo la tenencia.

-          El comodante puede no ser propietario.

-          Se debe entregar la cosa con sus frutos y accesiones o aumentos.

Obligaciones del comodante:

-          No puede pedir la restitución hasta: término fijado o uso estipulado de la cosa.

-          Reembolsar los gastos necesarios y extraordinarios que no fueran condición del disfrute de la cosa.

-          Resarcir del daño si el uso se hubiera hecho en su provecho.

Obligaciones del comodatario

-          Responde si hay culpa – no caso fortuito- si el provecho obtenido fuese distinto al convenido. Deberá devolver además todo provecho obtenido en este caso.

-          Responde del hurto eventual no debido a fuerza mayor.

Ley de Claridad

 

La “Loi de Clarification” o “Clarification Act” fue la fórmula empleada por la Cámara de los Comunes canadiense para acabar con el independentismo quebequense.

Sería una solución muy buena si se trasladara a España de no ser porque no tiene encaje en la Constitución Española que en su artículo 2 dice: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”.

Los puntos más destacados de la Ley de Claridad son que:

-          La Cámara de los Comunes tiene las facultades de: decidir si la pregunta de un referéndum sobre la secesión de una provincia es clara y si la mayoría y la participación una vez producido el referéndum es suficiente.

-          Se prohíbe la secesión unilateral así como las negociaciones del Gobierno con una provincia acerca de la independencia.

-          La secesión de una provincia precisa de una reforma constitucional previa y ello, a su vez, precisa ulteriores negociaciones en las que participen todos los gobiernos provinciales y el propio gobierno de Canadá.

-          Si Canadá es divisible, la provincia que quiere secesionarse también ha de serlo.

Esta última cuestión es capital puesto que a tenor de los distintos resultados electorales habidos en Cataluña, la secesión se produciría en el medio rural mientras que Barcelona y Tarragona –motores económicos de la Comunidad Autónoma- se mantendrían españolas haciendo de la segregación algo indeseable para los independentistas.

domingo, 27 de diciembre de 2020

Vd no tiene dinero

 

“Gold is Money. Everything else is credit”.El oro es dinero. Todo lo demás es crédito.

Esta frase que dijo JP Morgan en 1912 cobra toda su vigencia hoy en día.

Recordemos que el dinero que tenemos no es más que una deuda del Banco Central con el tenedor de la pasta.

Sin patrón oro.

Sin colateral.

Sin garantías.

 Por eso se llama dinero fiduciario. Se basa en la confianza que el tenedor tiene en el Banco Central. Y, ¿qué confianza tenemos? Jejejejeje…

Tras las continuas expansiones cuantitativas, el dinero ya no es más reserva de valor. No sirve para ahorrar. Compren dinero, digo oro.

John Davidson Rockefeller III y el neomaltusianismo

 

Ya en 1952, el magnate convocó la Conferencia de Problemas de Población - Conference on Population Problems-  junto a químicos, médicos, economistas y otros científicos favorables a la eugenesia.

Se creó el Population Council –Consejo de la Población- dedicado a hacer lobby a favor del aborto y la ideología de género. Su vicepresidente era Frederick Osborn, presidente de la American Eugenics Society.

En 1967, Rockefeller obtiene de 30 Jefes de Estado, entre ellos el presidente de EEUU, Lyndon Johnson, la declaración de que la sobrepoblación es un problema de primer orden y debe ser reconocido como un elemento principal en la planificación a largo plazo así como que el derecho a  la planificación familiar –eufemismo de aborto y uso de anticonceptivos- enriquece la vida humana, permite al hombre liberarse para alcanzar la dignidad y su máximo potencial.

Un año más tarde, los representantes de los 120 Estados que participaron en la primera Conferencia Internacional de Derechos Humanos reunidos en Teherán, reconocieron el derecho fundamental de los padres “a determinar libre y responsablemente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos”, afirmación mediante la que se reconoce implícitamente a la mujer el derecho de interrumpir un posible embarazo y sobre la que se fundan las políticas nacionales de planificación familiar.

En 1970 el presidente Nixon nombra a John D. Rockefeller como director de la Comisión sobre Crecimiento Poblacional y el Futuro de América -Commission on Population Growth and the American Future-  que dos años más tarde postuló:

-          La discriminalización del aborto.

-          La remoción de barreras a la disponibilidad de anticonceptivos.

-          Imponer la educación social en las escuelas.

-          Detener la inmigración ilegal y admitir a no más de 400.000 inmigrantes al año.

-          La posible implementación de límites de concepción a las ciudadanas.

Las conclusiones de la Comisión fueron rechazadas inicialmente por Richard Nixon. No obstante, el tiempo ha demostrado que en poco tiempo han sido victoriosas. En 1973 el Caso Roe vs Wade despenalizó el aborto. Numerosos estados eliminaron barreras a la adquisición de anticonceptivos y expandieron la educación sexual.

sábado, 26 de diciembre de 2020

El Memorandum Kissinger-MacNamara

El informe al que nos referimos en el título es el Memorando de Estudio de Seguridad Nacional 200: Implicaciones del Crecimiento de la Población Mundial para la Seguridad de EE.UU. e intereses de ultramar  publicado el 10 de diciembre de 1974 por el Consejo de Seguridad de EEUU bajo la dirección de Henry Kissinger. Fue adoptado como política oficial por el  Gerald Ford en noviembre de 1975 y desclasificado en 1989.

La tesis fundamental de este informe es que el crecimiento de la población en los países menos desarrollados representa una amenaza a la seguridad y supervivencia de los Estados Unidos.

Se expresa así el informe:

“La economía de los EEUU requerirá de grandes y crecientes cantidades de minerales del extranjero, especialmente de los países en vías de desarrollo. Este hecho hace que EEUU tenga un gran interés en la estabilidad política, social y económica de los países suministradores. Donde quiera que una disminución de las presiones demográficas, por medio de una disminución en los índices de la natalidad, pueda aumentar las posibilidades de dicha estabilidad, la política demográfica se hace relevante para los suministros de recursos y para los intereses económicos de los EEUU.”

En la segunda parte del informe, se pone de manifiesto:

-         La necesidad de crear ONGs para reducir la población.

-         Que la ONU, sus agencias y los organismos multilaterales de crédito debían poner en marcha el plan.

-         La intención de condicionar la ayuda económica internacional al desarrollo de planes para frenar la natalidad: legalizar aborto, promover ideología de género, facilitar anticonceptivos etc.

-         La conveniencia de adoctrinar a las nuevas generaciones.


La meretrización de la mujer

 

No dudamos de que la élite considere que somos demasiados en este planeta. Y no se quedarán ahí, lo siguiente será el transhumanismo.

Para alcanzar estos dos objetivos, ha sido esencial lo que llamaremos, la meretrización de la mujer.

El patrón social de comportamiento femenino es ahora lo que de toda la vida de Dios se consideraría como propio de una puta.

Los ingenieros sociales no son estultos y lo han buscado concienzudamente.

Saben perfectamente que la promiscuidad solo genera sexo esporádico, o como mucho relaciones egoístas y cortas, e inhabilita las relaciones a largo plazo entre hombre y mujer.

Es decir, destruye la familia.

viernes, 25 de diciembre de 2020

El negocio independentista

 

En España, país muy débil ante el poder de los amos del mundo y otras potencias extranjeras, el nacionalismo ha sido usado como un arma para someter a la nación.

Ni las élites ni otros países tienen el más mínimo interés en fragmentar España pero sí en mantenerla exangüe en pos de dominarla. Y no hay mejor manera que preservando siempre la llama del independentismo. Divide et impera.

Mientras tanto, los caciques vascos y catalanes y los mandamases de la estructura paraestatal autonómica, se forran.

Los primeros con un régimen fiscal cada año más privilegiado así como continuas prebendas. Los segundos con el Estado comprándoles más deuda que a nadie.

Los golpes de Estado de la II República (VI): El Frente Popular

Como han demostrado documentalmente Manuel Álvarez Tardío y Roberto Villa García en su libro '1936: Fraude y Violencia', desde la noche del 16 de febrero del 36, sin esperar a los resultados del escrutinio, los partidarios de la izquierda tomaron las calles y abrieron papeletas, falsificaron, tacharon, borraron y rasparon actas electorales. Otras simplemente desaparecieron.

Calculan que al menos más de 50 escaños no fueron fruto de una competencia electoral pulcra y legal. Si a los 240 asientos se le restan los que se obtuvieron en virtud del pucherazo, las izquierdas solas no habrían llegado al Gobierno.

Los golpes de Estado de la II República (V): La Revolución de octubre (III)

 

Es en Asturias donde la revolución triunfa. Con la ayuda de la CNT –inexistente en el resto de España- la UGT liderada por el diputado socialista González Peña toma el poder en toda la provincia. Se suceden asesinatos, de religiosos, guardias civiles y hombres de negocios, hombres a los que la izquierda siempre odió. En torno a 100 en menos de 2 semanas, se calcula.

El ministro de la Guerra aconsejado por Francisco Franco y Goded decide enviar a los regulares moros y a la Legión Extranjera. Toman sin excesiva oposición los puertos de Avilés y Gijón y bombardean algunos enclaves.

El bloqueo naval y la presencia del Ejército de África significaban el fracaso marxista, pero aún hubo otra semana de resistencia. Se estima que hubo aproximadamente 250 bajas por parte del ejército y 850 por los revolucionarios.

Los golpes de Estado de la II República (IV): La Revolución de octubre (II)

 

El 1 de octubre del 34 Gil Robles pide que su partido entre el Gobierno. Y pese a ser el partido más votado no exige ni la presidencia ni la mayoría de ministerios. 3 carteras ocupa –Agricultura, Justicia y Trabajo- únicamente.

Azaña, Martínez Barrio y Sánchez Román declaran que Alcalá-Zamora, a quién habían presionado, ha entregado la República a sus enemigos, lo cual supone en palabras de Azaña “una traición que rompe toda solidaridad con las instituciones actuales del régimen y afirma su decisión de acudir a todos los medios de defensa de la República”.

El PSOE y los catalanistas ya tienen la excusa para intentar derrocar al ejecutivo.

El 5 de octubre del 34, el PSOE y la UGT convocan una huelga nacional en todo el territorio nacional. El levantamiento en armas del proletariado fracasa en casi toda España.

En Barcelona, Dencás, consejero de Orden Público, aprovecha el caos para proclamarse Jefe de Gobierno de una Cataluña independiente. El presidente de la Generalidad le quita el micrófono y proclama el Estado Catalán de la República Federal Española e invita a establecer en Cataluña el gobierno provisional de la República a los dirigentes políticos contrarios al Gobierno.

Lerroux, aplicando la Ley de Orden Público proclama el estado de guerra y con suma facilidad y pulcritud el general Domingo Batet en poco tiempo vence la parva resistencia de algunos Mossos y obreros. 10 horas más tarde de la proclamación, Companys se rinde mientras Dencás huye por las alcantarillas rumbo a Italia.

Los golpes de Estado de la II República (III): La Revolución de octubre (I)

 

La izquierda –en la que subsumimos a globalistas actuales en todos sus posibles géneros y denominaciones: socialdemócratas, democratacristianos,  liberales, conservadores…- tiene como costumbre inmemorial el no aceptar los resultados democráticos cuando no se ajustan a sus pretensiones.

Azaña había creado una ley electoral que favorecía al partido más votado. Le salió el tiro por la culata.

En noviembre del 33 ganó la Confederación Española de Derechas Autónomas de Gil Robles. Con una diferencia de menos de 250.000 votos, las derechas tenían más del doble de escaños que las izquierdas.

El cobarde de Alcalá-Zamora sucumbió a las presiones de la izquierda y no llamó a Gil Robles a formar gobierno sino al centrista Lerroux.

Empero, el PSOE y los nacionalistas catalanes ya habían decidido conquistar el poder por las armas. Los primeros a por la revolución, los segundos a por la indapandansia.

El 3 de enero del 34, Indalecio Prieto declara al diario el Socialista: "Concordia no, guerra de clases. Concordia sí, pero entre los proletarios de todas las ideas... Pase lo que pasa, ¡Atención al disco rojo!".

En febrero, los anarquistas de la CNT le proponen a la UGT de Largo Caballero una alianza revolucionaria que el Lenin español, que había apoyado a Miguel Primo de Rivera, aceptó.

La prueba definitiva del que el PSOE preparaba una revolución armada, fue la compra por parte de Prieto, Negrín, González Peña y Amador Fernández de un importante alijo de armas descubierto el 9 de septiembre del 34 por la Guardia Civil a bordo del Turquesa. Una parte de las armas había sido ya trasladada a la Diputación provincial –controlada por el PSOE- y se usó en la revolución iniciada un mes más tarde.

La Esquerra Republicana de Catalunya era un partido racista -medían cráneos de catalanes para distinguirlos de los españoles, alentaban a las mujeres a no casarse con castellanos etc.-, cuya ala radical, las Juventudes de Esquerra Republicana de Cataluña plagiaban al fascismo italiano que los protegió y financió: eligieron las camisas verde oliva como uniforme identitario, celebraron desfiles de carácter paramilitar e impulsaron sus propias milicias, los escamots.

Como movimiento burgués, se contraponían a la inmigración castellana que iba a trabajar a las fábricas del cinturón industrial de Barcelona así como al movimiento obrero al que reprimieron brutalmente.

Los jefes de estas juventudes eran, Dencás, Consejero de Gobernación hasta octubre del 34, que apareció tras el fracaso de la revolución en el balcón de Piazza Venezia junto al duce; y los hermanos Badía, uno de los cuales fue responsable de los Mossos de Escuadra, que fueron asesinados, en venganza, por los anarquistas en la Guerra Civil.

Los golpes de Estado de la II República (II): La Sanjurjada

 

La persecución religiosa –quema de edificios, asesinatos de miembros del clero, redacción de la Constitución-, y la reforma militar de Azaña habían generado un magno descontento en el ejército.

El trigger del golpe fue el asesinato y la mutilación salvaje de 4 Guardias Civiles en Castilblanco. Los culpables fueron primero condenados a pena de muerte y posteriormente 6 a cadena perpetua y otros 7 a 20 años de prisión. En el 36, el Frente Popular indultó a todos ellos.

Como consecuencia de ello,  ante otro posible linchamiento motivado por una huelga en la localidad riojana de Arnedo, la Guardia Civil descargó contra la multitud y mató a 6 varones y 5 mujeres. El teniente que dio la orden de disparar fue absuelto de los cargos por homicidio y lesiones que se le imputaron.

Posteriormente, Azaña, destituyó a Sanjurjo, director general de la Guardia Civil y lo nombró director del cuerpo de Carabineros: un cargo de menor importancia.

Se dice habitualmente que Sanjurjo quería acabar con el régimen republicano. Esto es falso. Ni la sanjurjada ni, en principio, el golpe del 36, pretendieron acabar con la República.

Sanjurjo antes de levantarse se reunió tres veces con Alejandro Lerroux a quién quería de presidente del Gobierno.

La ejecución del levantamiento fue chapucera. El golpe triunfó el 10 de agosto en Sevilla pero no así en Madrid. Ninguna otra capital lo siguió.

Azaña que conocía con bastante antelación los planes del general, con la colaboración del jefe de su gabinete militar y del Director General de Seguridad organizó la defensa del Ministerio de la Guerra –actual Cuartel General del Ejército emplazado en Cibeles, Madrid- del que tuvieron que retirarse los sublevados. Otro grupo intentó apoderarse del Palacio de Comunicaciones, pero acabaron siendo hechos prisioneros.

En la tarde del 10 de agosto, una vez conocido el fracaso en la capital del Estado, salieron dos trenes militares a Sevilla y se movilizaron varias escuadrillas de aviación. Varios oficiales afines a Sanjurjo le comunicaron que no combatirían y le recomendaron huir a Portugal.

Sanjurjo fue capturado en Ayamonte, localidad fronteriza con el país luso, junto al general García de la Herrán y el teniente coronel Emilio Esteban Infantes.

Condenado a muerte por un consejo de guerra, la pena le fue conmutada por la de cadena perpetua a fuer de un decreto del presidente de la República, Alcalá- Zamora.

Finalmente Lerroux le amnistió al llegar al poder.

 

jueves, 24 de diciembre de 2020

Los golpes de Estado de la II República (I): El fundacional

Debe uno estar cegado por la mentira propagandística como para legitimar un cambio de régimen por la vía de unas elecciones municipales.

Dicho esto, definimos golpe de Estado como toda toma de poder ilegal.

El Comité Republicano –salido del Pacto de San Sebastián al que nos referimos al hablar de la masonería- fijó en la fecha del 15 de diciembre de 1931 un golpe militar que tumbara la monarquía.

Galán –masón iniciado en la logia «Hispano Americana», del Gran Oriente Español- y García Hernández se adelantaron sublevándose el 12 de diciembre, fracasaron en la toma de Huesca y murieron dos días después fusilados.

El 15 de diciembre, el jefe militar de la conspiración, el general de Brigada Gonzalo Queipo de Llano y el comandante de aviación Ramón Franco –el hermano masón del dictador- tomaron el aeródromo de Cuatro Vientos. Desde allí despegaron varios aviones cargados con octavillas llamando a la huelga y a la sublevación para lanzarlas sobre Madrid, pero cuando sobrevolaron la ciudad repararon en que la huelga prevista no se había producido ni ninguna unidad militar se había levantado.

Pronto huyeron a Francia. A posteriori fueron indultados por el Gobierno de la Segunda República y ocuparon los cargos de  jefe de la Primera División Orgánica y director general de la Aeronáutica Militar respectivamente.

No hubiera sido complicado para el régimen, llamado adecuadamente la «Dictablanda de Berenguer», procesar y ejecutar a los miembros del Comité Republicano por el artículo 284 del Código Penal de 1928 así como exponer a la opinión pública la verdadera naturaleza del movimiento. No se hizo.

La historia de las elecciones municipales del 12 de abril de 1932 es conocida. Las fuentes no saben con exactitud el nº de concejales de partidos monárquicos y republicanos aunque generalmente se le atribuyen un mayor número de concejales a las listas alfonsinas.

Se dice que los monárquicos ganaron por el pucherazo caciquil en los pequeños pueblos mientras que la mayoría republicana arrasó en las ciudades donde había limpieza. Podemos dudar de ello puesto que sabemos que por ejemplo el concejal del PSOE en Madrid, Andrés Saborit, hizo votar por su partido a millares de difuntos.

En cualquier caso:

1.     No hay datos fiables.

2.     Es aberrante, legal y lógicamente, justificar un cambio de Régimen por la vía de unas elecciones municipales.

La realidad es que el Rey cayó por falta de apoyos.

Durante la noche del 12 al 13 de abril, el mando de la Guardia Civil, José Sanjurjo, dejó constancia por telégrafo –circunstancia que fue conocida por empleados de Correos afines a la República- de que no contendría un levantamiento republicano. Los hombres fuertes del último Gobierno de Alfonso XIII, Gabriel Maura y el Conde de Romanones, instaron al rey a marcharse antes del 15 de abril.

Este, sumido en una depresión por la muerte de su madre, temeroso de acabar como la familia del último Zar de Rusia y sin ganas de propiciar una confrontación civil que pudiera comprometer la integridad de la familia real, se exilió.

 

martes, 22 de diciembre de 2020

El nacimiento del Guadalquivir

 Se ha creído, al menos desde la Reconquista, que el Guadalquivir - al-wādi al-kabīr, «el río grande»- nacía en la Sierra de Cazorla. Sin embargo, en la comarca de los Vélez –norte de la provincia de Almería próxima a Murcia- afirman lo contrario.

Se considera río principal al que tiene:

·         mayor caudal permanente;

·         menor pendiente de cauce;

·         mayor longitud;

·         mayor capacidad de la cuenca hidrográfica.

Pues bien, así las cosas, el Guadiana Menor es más bajo, más largo y más caudaloso que el Alto Guadalquivir. La tesis de los remotos almerienses parece imponerse, además se añadirían 70 km de cauce, pero…el mismo problema se plantea entonces con el Guadiana Menor. 

Existen, al menos estas tres posibilidades:

-     Río de Orce - Las Cañadas de Cañepla. Según la tesis almeriense, el Guadalquivir nace en un pozo cercano a Topares y sigue subterráneo hasta Las Cañadas de Cañepla. Los puntos a favor de esta tesis son que tiene más recorrido y nace en un  punto más bajo que las demás. En su contra, se señala que no tiene agua durante buena parte del año.

-         Río Guardal.  Nace al noroeste del gran pico de la Sagra, en la provincia de Granada. Sus diversas fuentes están a unos 1.100 metros. Es más caudaloso que el Barbata del que es supuestamente afluente.

-        Río Barbata o Huéscar. Surge en el valle situado al este de la Sierra de la Sagra, en el término municipal de Puebla de Don Fadrique. Recibe por su margen derecha al Río de Orce. Origina al Guadiana Menor al unirse con el río Fardes y al hermoso Castril en las proximidades del pantano de Negratín. Es más largo y de menor pendiente que el Guardal.

La Ley de Orden Público de la Segunda República

El discurso dominante en prensa y educación sostiene que la Segunda República fue un período de libertad y democracia.

Ni lo uno ni lo otro.

Hoy vamos a hablar de la Ley aprobada por las Cortes de la Segunda República Española el 28 de julio de 1933 que sustituyó a la Ley de Defensa de la República.

En ella se preveían los estados de:

-   Prevención. La declaraba el Consejo de Ministros. No cabía suspensión de las garantías constitucionales. No había intervención de las Cortes.  Podía prorrogarse indefinidamente.  El Gobierno podía así suspender  los derechos de libertad de circulación, asociación, huelga, prensa, empresa, cierre patronal etc.

-         Alarma. Conllevaba la suspensión de las garantías constitucionales. Prevista por si el Estado de Prevención fuere insuficiente. La declaraba el Gobierno y podía prorrogarse previo acuerdo de las Cortes. Facultaba al Gobierno a practicar registros de domicilios, detenciones preventivas, censuras previas de cualquier impreso, destierros así como prohibiciones totales de los derechos de asociación, sindicación y tránsito.

-       Guerra. Declarado por el Gobierno. Supone el traspaso del mando de la autoridad civil a la militar que, sin cortapisas, podría tomar las medidas que considerase necesarias para restablecer el orden.

Esta Ley, la cual supone evidentemente una anormalidad en cualquier régimen que otorgue derechos y libertades, se aplicó durante prácticamente todo el remanente de la nefanda República, en todas sus formas –prevención, alarma y guerra-.

 

El peso de la masonería en la Segunda República

 El Pacto de San Sebastián, 17 de agosto de 1930, fue el acuerdo por el cual, mediante la técnica del golpe de Estado, se estableció como objetivo el poner fin a la monarquía de Alfonso XIII y proclamar la Segunda República Española.

Sus firmantes fueron Santiago Casares Quiroga –masón-, Marcelino Domingo Sanjuán –masón-, Alejandro Lerroux –masón-, Alcalá Zamora, Manuel Azaña –se hizo luego masón-, Fernando de los Rios –masón-, Jaume Aiguader, Carrasco i Formiguera, Eduardo Ortega y Gasset –masón-, Luis Nicolau d'Olwer -masón-, Rafael Sánchez Guerra, Álvaro de Albornoz –masón-, Fernando Sasiáin, Angel Galarza –masón-, Diego Martinez Barrio –masón- y Matías Mallol Bosch.

Buena parte de ellos pertenecieron al gobierno provisional de la República (14 de abril – 16 de diciembre de 1931). Numerosos autores calculan que 7 ministros, 15 directores generales, 5 subsecretarios, 5 embajadores y 21 generales eran masones.

Ferrer Belimelli calcula que un 39 % al menos de los diputados electos en 1931 eran masones. De todos los partidos excepto la Lliga Catalana y regionalistas vascos y navarros. En el bienio republicano-socialista, 17 ministros, 17 directores generales, 7 subsecretarios, 5 embajadores y 20 generales eran masones.

A posteriori, en las elecciones de noviembre de 1933, las izquierdas salieron derrotadas y tan solo fueron elegidos 55 diputados masones.

 

lunes, 21 de diciembre de 2020

El sueño español: ser funcionario

 España es un país fallido. Por muchas otras razones, además.

Los jóvenes quieren vivir del Estado, cobrar dignamente, trabajar poco y estar tranquilos. Y es normal, vistas las circunstancias. Veámoslas.

La sociedad española se estratifica en castas. Por un lado los que maman del Estado y empresarios corruptos dueños del BOE. Por otro los esclavos, los proletarios.

En una situación benigna o medianamente normal, el chaval brillante tendría que, ora montar una empresa para forrarse, ora ir escalando en el sector privado hasta llegar a tener un salario ingente.

Ninguna.

Quiere ser funcionario. Improductivo. Parásito. Chupatintas. El talento se nos escurre al extranjero o sector público.

En primer lugar, los datos están ahí. Los salarios privados son ya de subsistencia. Las perspectivas no existen. Las falsas promesas y la ingeniería de Recursos Humanos sí. El Estatuto de los Trabajadores es una broma. Y los trabajadores del sector público ganan, de media, 882 euros más al mes que los trabajadores del sector privado. Más del 50 %. Y subiendo. Toma ya.

En segundo, la cultura empresarial brilla por su ausencia. En la escuela no te enseñan a ser emprendedor. No se emula al millonario. Se le envidia.

Por último, el Gobierno asfixia al emprendedor. Desincentiva la creación de empresas, interesado en crear un neofeudalismo. Pagas IVA aunque no cobres. Cuota de autónomos aunque no ingreses un euro. En promedio tardas dos semanas de fatigosa burocracia y desembolsas en torno a unos 600 €.

La legalidad de la emigración española durante el franquismo

Habitualmente se emplea como argumento en pro de la inmigración ilegal el hecho de que los españoles fuimos ilegales hace 60 años en otros países, especialmente de la Europa industrializada.

¿Es eso cierto?

La emigración se regulaba en la Ley 93/1960, de 22 de diciembre, sobre bases de ordenación de la emigración. Dicha Ley prohibía la inmigración no asistida por el Ministerio de Trabajo, en su base quinta.

Como suele ocurrir cuando se mete de por medio el sector público, acaeció que el proceso de selección de emigrantes tardaba más de 6 meses y las empresas extranjeras, como es natural, querían agilidad a la hora de contratar.

No existen fuentes fiables pero se calcula que un gran número de españoles –entre un 30 y un 50%- salieron de España sin la colaboración del Instituto Español de Emigración, es decir, de forma ilegal. Que el régimen fue tolerando con el paso de los años.

No obstante, la gran diferencia con la inmigración actual fue que los países receptores, industrializados y con fuerte demanda de obreros, no negaban los visados a los turistas que venían de España y/o regularizaban la situación de los españoles en cuanto contaban con un contrato de trabajo, es decir, casi automáticamente dada la oferta de empleo.

domingo, 20 de diciembre de 2020

La madre de Dios es virgen

 Y… ¿por qué?

Dos razones:

-        Históricas: El cristianismo está embebido en la tradición indoeuropea. Zaratustra, Mitra, Dionisios, Osiris, Heracles nacen sin coito. No son pocos los paralelismos entre las deidades propias de cada civilización y Jesucristo.

-         La madre de Dios es el ideal de mujer. Y la mujer ideal siempre será virgen. Por mucho que la postmodernidad quiera decir.

Aurea Aetas (II)

Carrero Blanco, que no sabía de de economía pero era un hombre inteligente y avispado, colocó en el gobierno a los tecnócratas del Opus Dei: Navarro Rubio, Ullastres y López Rodó.

Este último, se apoyó en Juan Sardá Dexeus un excombatiente republicano que era el jefe del Servicio de Estudios del Banco de España.

Era 1959 y la economía española estaba asfixiada por el intervencionismo. No había ahorro para financiar inversiones. Por ello, se recurría al gasto público. Y el déficit del estado se paliaba devaluando la peseta y recurriendo al endeudamiento exterior.

Esta situación cambió con el Plan de Estabilización, Decreto Ley sobre Ordenación Económica de 21 de julio de 1959 y el Decreto de 17 de julio que estableció la paridad 60 pesetas =  1 dólar.

Con el Plan de Estabilización:

-         Se redujo la inflación. El aumento de la oferta monetaria ya no podría exceder al crecimiento de la renta nacional real. Se aumentó el tipo de descuento del Banco de España del 5 al 6,25 %, del redescuento del 4 al 5% y se elevó un 0,5% la tasa de pignoración de Fondos Públicos.

-         Se liberalizó el comercio exterior y se fijó la paridad 60 pesetas =  1 dólar. Así se redujo el déficit de la balanza de pagos y entró capital extranjero.

sábado, 19 de diciembre de 2020

Aurea aetas (I)

El que escribe estas líneas lo hace desde el convencimiento de que el mejor gobierno es aquel que menos molesta. 

A las personas en general nos interesa ganar dinero. El máximo posible. Y que nos dejen gastárnoslo como queramos. 

El franquismo ha sido vilipendiado por muchos. Pero sin duda ha sido la edad de oro española. Nunca en la historia reciente han existido tantas facilidades para ganar dinero y vivir tranquilo y bien.

Sobre todo a partir de los 60 como luego veremos.

Tras el Plan de Estabilización -del que hablaremos en la segunda edición de este artículo-, en el plano macro:

-El país creció a un ritmo del 8,7% anual, solo superado por Japón en esos años.
-La productividad lo hizo al 9%.
-La producción de energía eléctrica se multiplicó por dos, la de acero por dos y medio y la de automóviles por cuatro.
-Los ingresos por divisas pasaron de 296 a 1.104 millones de dólares; la balanza de pagos registró un inédito superávit en 1961, y las reservas del Banco de España, que en 1958 ascendían a 57 millones de dólares, se dispararon hasta los 1.500 millones seis años después.
-Los salarios crecieron a un ritmo del 10% anual  y la inflación se mantuvo entre el 5 y el 9%.

En el micro, como señala Eslava Galán,  “la cochambrosa sala de estar se transformó en living, a las incómodas sillas de enea sucedió el tresillo de cretona estampada mixto de skay verde con tachuelas blancas; el brasero dio paso a la estufa de gas butano; el anafe de soplillo, a la cocinita de petróleo; el disco de baquelita, al microsurco; los calzoncillos hasta las rodillas, al braslip; la mastodóntica motocicleta Ossa, a la grácil Vespa; el carricoche de tracción animal, al motocarro. Llegaron las ollas a presión, los cacharros de aluminio y acero inoxidable, los fregaderos de marmolina, las medias de nailon, el tergal inarrugable, las lavadoras automáticas, el colchón de muelles, las cafeterías con camareras, el plexiglás, los pisitos a plazos, los bolígrafos...”.


La enseñanza concertada en España (IV): Financiación (III)

 La pregunta objeto de este artículo es sencilla, ¿supone la concertada un ahorro para el erario público?

Es difícil encontrar información al respecto en la época de la postverdad. Del terrorismo informativo. De la creación de distorsiones con el fin de crear enajenados mentales fáciles de manejar.

Máxime cuando se han dejado de publicar datos oficiales desde tiempo ha. Concretamente desde el curso 14/15.

Los datos del INE de ese curso revelan que el gasto público en centros educativos públicos no universitarios es de 5.436 euros por alumno mientras que las subvenciones públicas a la escuela concertada fueron de 2.886 euros por alumno.

Un artículo de Jesús Rogero-García y Mario Andrés-Candelas para la Revista Española de Investigaciones Sociológica concluía que en 2007 un alumno en la pública le costaba al Estado 5.348 y en la concertada 2.670.

Pocas dudas tenemos de que esto sigue siendo así. Aunque no hayan datos oficiales ni contrastados sino manipulaciones apologéticas del globalismo orwelliano que nos pretenden imponer.

Lo público es caro, ineficiente e ineficaz a la hora de conseguir sus objetivos. Y más en España.

La enseñanza concertada en España (III): Financiación (II)

Los salarios de los profesores de centros concertados son abonados por las Comunidades Autónomas, a excepción de Ceuta y Melilla.

El importe se detalla anualmente en una Resolución de la Consejería de educación correspondiente.

Es muy habitual que a través de convenios colectivos se hayan equiparado los sueldos de profesores de centros públicos y concertados. No obstante, en dichos convenios se han excluido los sexenios.

La enseñanza concertada en España (II): Financiación (I)

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación en su artículo 51 impone la obligación de impartir gratuitamente las enseñanzas objeto de los centros.

No obstante, se permite cobrar por actividades extraescolares y escolares complementarias sin que pueda existir ánimo de lucro.

Es frecuentísimo, que los colegios concertados cobren una cuota cuya voluntariedad la impone la Ley. Esta cuota puede ser para el pago de las actividades mentadas.

Tanto la Confederación Española de Asociaciones de padres y madres del alumnado (CEAPA) y la Asociación de Colegios Privados e Independientes (CICAE) concluyeron en un reciente estudio –elaborado por la consultora Garlic con muestra de 336 centros- que el 90% de los colegios concertados cobran cuotas mensuales y en un 89% de los casos son, además, obligatorias.

Asimismo,  el estudio reveló que solo el 45% aporta algún tipo de documento que indique los precios de las cuotas y únicamente un 22 % específica los conceptos por los que cobra la cuota.

viernes, 18 de diciembre de 2020

La enseñanza concertada en España (I). El origen

 

En la época de Franco sólo había colegios privados y públicos. Eran tratados sin diferenciaciones aquellos centros pertenecientes a órdenes religiosas.

Una vez que el PSOE llega al poder, la agenda de destierro del cristianismo en la enseñanza comienza a tomar forma. Desea que los centros de las comunidades religiosas se privaticen. Pero claro, no hay pasta para crear miles de colegios públicos.

Y deviene el concierto con centros privados. Artículo 47 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

La compraventa en el Derecho Romano (II): Obligaciones del vendedor

 

  1. Debe transmitir la pacífica y duradera posesión de la cosa objeto del contrato. No se estaba obligado a transmitir la propiedad como ha señalado el Tribunal Supremo.
  2. Si hubiera actuado de mala fe, deberá restituir el precio en caso de evicción. Mediante la actio empti recuperaría lo pagado el comprador. No obstante, era usual pagar el doble del precio cuando la cosa comprada le fuese arrebatada en un litigio. No obstante, a partir de Juliano (siglo II D.C.) se generaliza aunque no hubiere estipulación.
  3. No existía salvo pacto responsabilidad por vicios ocultos. Empero, los ediles curules la establecieron para animales y esclavos. Para ello el comprador contaba con la actio redhibitoria –desistimiento con abono de gastos- o quanti minoris –rebaja del precio-. Justiniano generalizaría para toda clase de compras lo establecido por los ediles curules.
  4. Actuar con la diligencia de un bonus paterfamilias desde la compraventa a la entrega de la cosa. El comprador tiene que pagar si hay fuerza mayor o caso fortuito –robo, incendio etc.- cediéndole el vendedor lo que quede de la cosa o las acciones pertinentes en caso de robo.

La compraventa en el derecho romano (características)

 

  1. Consensual. Se perfecciona por el consentimiento entre comprador y vendedor de cualquier forma manifestado.
  2. No transmite la propiedad. La propiedad se transmite por la entrega o traditio.
  3. El precio deberá ser determinado o determinable.
  4. El precio no podrá ser simulado. En este caso será una donación y no compraventa
  5. El precio debe consistir en dinero. En otro caso será permuta.

domingo, 13 de diciembre de 2020

Y… ¿por qué no hay inflación?

La teoría macroeconómica nos dice que en el caso de expansión monetaria hay inflación elevada. Pero, en nuestros días no se produce. Al menos estadísticamente.

La respuesta es simple: los consumidores no tienen más dinero. Ni nominal  ni realmente.

Que la banca nade en liquidez no quiere decir que la preste. La caída de los tipos de interés eleva las exigencias de garantías al bajar la rentabilidad y se da menos crédito.

La balsa de aceite monetaria y el efecto Cantillon

 Los Bancos Centrales de todo el mundo desde la crisis de 2008 han llevado a cabo programas llamados de expansión cuantitativa. A grosso modo, han inyectado dinero en todas las grandes corporaciones –zombis gigantes- para salvarlas y así evitar que sus dueños -los amos del mundo- pierdan pasta.

Ahora bien, esta salvación no es tal. Simplemente es permitir que sigan funcionando mediante la deuda. Creciente e impagable. Solvencia aparente.

El efecto Cantillon nos dice que todo cambio en la oferta monetaria distorsiona la estructura de una economía. Es decir, la expansión cuantitativa no es neutra. Hay vencedores y vencidos.

Que, ¿quiénes son los vencedores? Simple. Los que reciben el dinero . De esta forma, los que están conectados a la máquina de dinero del sector público: bancos, grandes empresas y funcionarios. Estos siguen comprando activos cuyos precios se mantienen artificialmente y manteniendo sus ingresos.

En cambio, los pequeños y medianos empresarios se ven perjudicados. También los trabajadores por cuenta ajena.  

En primer lugar, una empresa no conectada a la máquina de hacer billetes sufre la competencia desleal de otra que sí.

En segundo, las expansiones cuantitativas generan burbujas. Los recursos dejan de destinarse a la economía productiva y los fundamentales económicos dejan de tener sentido en las decisiones de ahorro-inversión en aras a pegar un pelotazo gordo. Este hecho es profundamente negativo para los asalariados. Se destruyen puestos de trabajo en sectores productivos y se crean empleos basura en áreas de poco valor añadido.

La pasta realmente no fluye. Bancos y grandes empresas nadan en mares de liquidez. Que no saben dónde meter, a excepción de alguna burbuja. Aunque parezca increíble, el dinero que tienen los que no pertenecen a las castas privilegiadas disminuye. Esto es una derivada del proceso de creación de dinero bancario. Como la liquidez del Banco Central se destina en gran medida a refinanciar deudas de zombis, el dinero existente desciende.

sábado, 12 de diciembre de 2020

La transición(VI): El Sáhara (II)

Fue Juan Carlos. El Rey Emérito fue el que entregó el Sáhara a su amigo Hassan II. España no obtuvo nada a cambio. Vamos a verlo.

16 de octubre de 1975. El Tribunal de la Haya concluye que los vínculos de soberanía entre el Sáhara y Marruecos son inexistentes. Simultáneamente, se prepara la marcha verde. 300.000 marroquíes se harían pasar por saharauis. Entre ellos, numerosos oficiales infiltrados. Inermes, en teoría.

Al día siguiente, un decrépito Franco preside su último Consejo de Ministros. Afirma que se debía defender el Sáhara incluso militarmente. El jefe del Estado Mayor transmite la orden de comenzar los preparativos para evacuar la provincia.

Con Franco ya moribundo, Juan Carlos preside el 31 de octubre su primer Consejo de Ministros. Sabedor de que tendría plenos poderes, había enviado en secreto a su hombre de confianza, Manuel Prado y Colón de Carvajal, a firmar con Kissinger la entrega del Sáhara a Marruecos a cambio del apoyo norteamericano en su singladura como Rey de España.

El 2 de noviembre de 1975, Juan Carlos visita las tropas españolas en El Aaiún. Y afirma: “España no dará un paso atrás, cumplirá todos sus compromisos, respetará el derecho de los saharauis a ser libres […] No dudéis que vuestro comandante en jefe estará aquí, con todos vosotros, en cuanto suene el primer disparo”.

4 días más tarde se produce la marcha verde. Los legionarios habían sido retirados y los campos de minas levantados. El 12 de noviembre se negocia en abierta y flagrante violación de la normativa sobre la autodeterminación de la ONU, la cesión del Sáhara a Marruecos y Mauritania.

La marcha verde trocó en una invasión militar marroquí a base de napalm y fósforo blanco sobre la resistencia saharaui.

El día que muere Franco, el Rey firma la última Ley de la dictadura militar. En dicha Ley 40/1975 se afirma que el Sáhara “nunca ha formado parte del territorio nacional” así como que “Próximo a culminar el proceso de descolonización de dicho territorio, de conformidad con lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas, procede promulgar la norma legal adecuada”.

viernes, 11 de diciembre de 2020

La transición(VI): El Sáhara (I)

En los años 60 se descubre que el Sáhara Occidental es el principal productor de fosfatos del mundo. Aparte, existen importantes reservas de gas natural y petróleo.

Era codiciado por Hassan II, un monarca alauita débil que había sufrido dos intentos de golpe de Estado -1971 y 1972- y que para sobrevivir recuperó los planes expansionistas.

Débil, pero con contactos.

El propio Vernon Walters era muy cercano al rey marroquí. Le había conocido en el desembarco en Safi -2ª Guerra Mundial-. Desde el fin de tal guerra intentó convencer a Franco para que le cediera el Sáhara Occidental a Marruecos.

Pese a que el Sahara tenía estatus de provincia y sus habitantes DNI, en agosto de 1974 España comunicó a la ONU que tendría el referéndum de autodeterminación en el primer semestre de 1975. De forma previa, el ministro de exteriores marroquí había avisado a Kissinger de la posibilidad de que el territorio cayera en manos afines a Argelia y la URSS. El movimiento independentista, comandado por el Frente Polisario, era de ideología socialista.

Este referéndum fue paralizado por Marruecos al someter a consulta ante el Tribunal de la Haya dos cuestiones: si el territorio no tenía dueño antes de la ocupación española y en segundo lugar, si existía una relación de soberanía del Sáhara con Marruecos o Mauritania.

Mientras tanto, Kissinger y Walters maniobran para que España entregue su provincia. Conociendo de la inferioridad militar marroquí, diseñan la marcha verde, una invasión civil del territorio saharaui. Paralelamente, las presiones ejercidas por Estados Unidos hacen a las tropas desistir españolas de utilizar la fuerza.

martes, 8 de diciembre de 2020

La contrahistoria del betis (V): Concurso, imputación a Oliver y segundo informe pericial

Poco después de la venta del club,  el nuevo consejo de administración tras la adopción de medidas cautelares por parte de la juez Alaya, acordó solicitar concurso voluntario de acreedores. El concurso fue declarado en 2011. Se estimaba que la deuda del Betis podría estar entre los 60 y 90 millones.

El 5 de febrero de 2011, Alaya mediante auto vuelve a ampliar la investigación y solicita a los peritos que “especifiquen detalladamente los gastos –de TEGASA y ENCADESA- que en cada ejercicio consideren imputables o necesarios para la actividad deportiva del Betis”. Dicha ampliación de la investigación fue solicitada por la Fiscalía. No obstante, Alaya hace caso omiso al Ministerio Fiscal en tanto que deja fuera de la investigación el destino de los beneficios de tales sociedades. Lopera mantuvo que siempre volvían al Betis.

En noviembre de ese mismo año, Oliver fue imputado por cobrar comisiones indebidamente por 1,5 millones de euros en la venta de jugadores como Sergio García o Mehmet Aurelio. Oliver llegó a llamar nazi y loca a Alaya que, como quedó demostrado en un auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ordenó la práctica de escuchas ilegales.

Quince meses más tarde, un segundo informe pericial cifra en 17 millones el perjuicio económico ocasionado por las sociedades de Lopera al Betis entre 1999 y 2008. Los inspectores de hacienda  sostuvieron que la contratación entre el Betis y las empresas de Lopera supuso benefició a las compañías así como que el Betis no necesitaba las garantías prestadas las sociedades de Lopera puesto que el club garantizó con sus recursos los créditos. Ulteriormente, en contra del criterio pericial y de la juez, el Ministerio Fiscal mantuvo la acusación por delito continuado de apropiación indebida por importe de 3,5 millones de euros por la gestión realizada en los años 1999 a 2008 dado que se descartó la comisión de delito en numerosas operaciones singulares –venta de Roberto Ríos, obras del estadio, contratos de cuentas en participación etcétera-.